El plazo para realizar el trámite terminó el 30 de junio

Seguridad Social ya podría multar con hasta 7.500 euros a los autónomos que no comunicaron sus datos

Seguridad Social ya podría multar con hasta 7.500 euros a los autónomos que no comunicaron sus datos
El pasado 30 de junio venció el plazo para que algunos autónomos, como los societarios o los colaboradores, comunicaran sus datos a la Seguridad Social. Según los expertos, los que no realizaron este trámite a tiempo y se enfrentarían a sanciones de hasta 7.500 euros.

La Seguridad Social ya podría multar a algunos colectivos de autónomos, desde societarios a colaboradores, que estaban obligados a comunicar ciertos datos a la Tesorería antes de que terminara junio. Aquellos trabajadores por cuenta propia que no hayan completado el trámite a tiempo podrían enfrentarse a sanciones calificadas como graves, además de una "regularización forzosa" de sus cuotas que podría hacerles pagar más de lo que deberían.

Como ya avanzó este diario, el pasado 30 de junio venció el plazo que daba el Gobierno para que miles de autónomos, como los societarios, los familiares o los TRADE, entre otros, comunicaran a la Seguridad Social diferentes datos sobre su actividad. Algunos de ellos, dependiendo del colectivo al que pertenezcan, eran su razón social, el CIF o el colegio al que pertenecen.

De momento, todavía no hay cifras del número de autónomos que podrían quedar por enviar estos datos. Sin embargo, distintos expertos apuntaron a este diario que "con total seguridad" hay autónomos que, por la razón que sea, no habrán comunicado sus datos en plazo y ahora mismo se exponen a sanciones. Según explicó José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), a pesar de la prórroga, "habrá una parte de los autónomos que no comunicaron sus datos antes del 30 de junio".

Esto, según Piñero, es probable que les haya ocurrido sobre todo a autónomos que no cuentan con un gestor o que, simplemente, no recordaron la fecha límite y dejaron pasar el trámite. Algunos incluso podrían no saber que formaban parte de los colectivos obligados a enviar toda esta información. "El envío de estos datos -de los que ya dispone la Seguridad Social- era una exigencia puntual, nueva y excepcional. Por lo que a algunos se les puede haber pasado", apuntó el abogado.

Posibles sanciones de hasta 7.500 euros y "regularización forzosa" de sus cuotas

Si bien es cierto que la mayoría de los autónomos que debían cumplir con esta obligación habrían realizado el trámite a tiempo, según apuntaron a finales de junio los graduados sociales a este diario, una parte de ellos podrían no haberlo hecho a tiempo y habrían cometido una infracción grave, según la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Según explicó José Carlos Piñero, la primera consecuencia que sufrirían los autónomos a los que se les pasó el plazo para realizar este trámite sería que habrían cometido una infracción castigada con sanciones que pueden llegar a ser elevadas, dependiendo del grado. Según el artículo 22.1 de la LISOS, se considera infracción grave, entre otras, "no comunicar las variaciones de datos u otras obligaciones establecidas legal o reglamentariamente en materia de inscripción de empresas".

Y según el artículo 39 de esta misma ley, se podrán imponer sanciones de entre 750 y 7.500 euros a los negocios que cometan esta infracción. El importe de la sanción dependerá, según explicó Piñero, de criterios como la reincidencia, es decir si el negocio ya había cometido infracciones similares en materia de comunicación de datos a la Seguridad Social.

En cualquier caso, el importe de las multas, dependiendo del grado, es el siguiente:

  • En su grado mínimo: de 751 a 1.500 euros
  • En su grado medio de 1.501 a 3.750 euros
  • En su grado máximo de 3.751 euros a 7.500 euros

Además, los autónomos que no comunicaron sus datos también podrían enfrentarse a una regularización forzosa de las cuotas de 2023, tomando como referencia una base para contingencias comunes de 1.260 euros mensuales, lo que equivaldría a una cuota de casi 400 al mes.

¿Qué autónomos debían comunicar sus datos antes del 30 de junio?

Según recogía el decreto que regula el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, algunos autónomos debían comunicar antes de octubre de 2023 sus datos a la Seguridad Social de cara a la regularización de cuotas. Este plazo se fue prorrogando hasta el 30 de junio, que ha sido la última fecha para realizar el trámite.

El objetivo de esta comunicación, según explicaron, era el análisis de esta información, junto a los datos de las declaraciones de IRPF que la Tesorería cruzará con Hacienda a partir de este mes, para dirimir si los autónomos pagaron el año pasado más o menos cuota de la que les correspondió en función de sus rendimientos netos, y proceder a la regularización. 

Así, miles de autónomos, como los societarios, los TRADE o los colaboradores, deberán aportar diferentes datos a la Tesorería antes del próximo domingo, 30 de junio:

  • Autónomos societarios: Razón social y CIF de todas las sociedades de las que se forme parte. Además, “si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes

  • Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE): Los autónomos que trabajen mayoritariamente para un solo cliente deben comunicar a la Seguridad Social el CIF de éste.

  • Autónomos obligados a estar colegiados: deben indicar el colegio al que pertenecen.

  • Sanitarios de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) En el caso de los sanitarios que “presten servicios para la empresa privada, además de trabajar a jornada completa para el servicio público, tienen que notificar el CIF del pagador.

  • Trabajadores por cuenta propia con otros autónomos colaboradores a su cargo :deben comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores.