Miles de profesionales podrían beneficiarse de futuras reclamaciones para eliminarlos

El Supremo revisa una injusticia de Hacienda sobre los intereses de demora que asfixia a los autónomos

El Supremo revisa una injusticia fiscal que asfixia a los autónomos, y pone en entredicho los intereses de demora de Hacienda.

Miles de autónomos ven cómo sus victorias judiciales contra Hacienda se convierten en derrotas económicas, debido a los intereses de demora. El Tribunal Supremo podría poner fin a estos costes que han asfixiado al contribuyente durante años. 

El Tribunal Supremo ha decidido poner en entredicho la potestad de Hacienda de cobrar intereses de demora a los autónomos que le ganan un litigio. Estos haberes se aplican por los años que tarda en resolverse el proceso judicial, lo que provoca que, a pesar de haber obtenido una victoria parcial en los tribunales, los autónomos terminen pagando más, debido a los intereses acumulados durante el tiempo que duró el proceso judicial. Ahora, este procedimiento, amparado en el artículo 26.5 de la Ley General Tributaria, está siendo cuestionado por su posible inconstitucionalidad, lo que podría abrir un nuevo camino para miles de profesionales por cuenta propia afectados por esta práctica.

El caso en cuestión fue llevado por un contribuyente que, tras ganar parcialmente un litigio relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), vio cómo su nueva liquidación fiscal incluía intereses de demora acumulados durante los siete años que duró su disputa con Hacienda. Este procedimiento ha sido denunciado como injusto, ya que, paradójicamente, aquellos que logran que se les corrija su liquidación tributaria terminan pagando una cuantiosa factura por el tiempo que ha durado el litigio. Como explicó a este diario José María Salcedo, de Salcedo Tax Litigation, “se minimiza la victoria del contribuyente porque, al final, parte de lo que los tribunales han anulado, el Fisco lo sigue cobrando por un concepto de intereses”.

Las consecuencias de esta revisión podrían ser significativas para los autónomos, ya que el Tribunal Supremo podría concluir que esta práctica vulnera varios principios constitucionales. Hablamos de la igualdad ante la ley, la tutela judicial efectiva y el derecho a un sistema tributario justo. Y si finalmente falla en contra de Hacienda, miles de profesionales podrían beneficiarse de futuras reclamaciones para eliminar estos intereses.

La Ley sí respalda que Hacienda cobre intereses de demora aunque el contribuyente gane

El artículo 26.5 de la Ley General Tributaria establece que, en los casos en los que se debe rehacer una liquidación tributaria como consecuencia de una resolución judicial o administrativa que anule la anterior, los actos no afectados por la anulación se mantienen. Y que Hacienda tiene derecho a cobrar intereses de demora por el tiempo transcurrido desde la liquidación original hasta la definitiva.

Se trata, según los expertos, de un artículo que está diseñado para asegurar que, aunque haya habido un litigio, el Estado no pierda los ingresos generados por los impuestos que, en última instancia, eran correctos según la ley. Sin embargo, esta norma ha generado un profundo malestar entre los autónomos y los profesionales fiscales, ya que consideran que no es justo que quien ha ganado parcialmente un pleito contra Hacienda termine pagando más debido a estos intereses. “No tiene sentido que, si la culpa es de Hacienda por dictar una liquidación incorrecta, sea el contribuyente quien pague los intereses por el tiempo que dura el proceso”, señaló el experto fiscalista.

De hecho, no de extrañar que esta situación se haya convertido en un dolor de cabeza crónico para los asesores fiscales. Según muchos de ellos, los autónomos bromean pidiéndoles que por favor, no ganen más pleitos, “porque cuanto más ganas, más acabo debiendo”, en referencia al incremento de la deuda debido a los intereses.

La victoria no siempre se traduce en beneficio, debido al incremento de la deuda

Uno de los aspectos más problemáticos de esta práctica es el impacto financiero sobre los autónomos. En el caso que ha llevado el Tribunal Supremo, la Agencia Tributaria rehizo una liquidación original de 187.000 euros en concepto de IRPF para los ejercicios 2008-2011, después de que el contribuyente ganara parcialmente su caso.

Aunque el fallo del tribunal redujo la deuda original, la suma final terminó siendo mayor debido a los intereses de demora acumulados durante los siete años que duró el proceso judicial. Así, pese a haber ganado en parte, el contribuyente terminó pagando más de lo inicialmente reclamado por Hacienda.

Y lo cierto es que este tipo de situaciones no son aisladas. Cada año, miles de contribuyentes se enfrentan a litigios prolongados con Hacienda que pueden durar varios años, durante los cuales se acumulan estos intereses. Para los afectados, además de suponer una carga económica, resulta también una experiencia frustrante, ya que la victoria parcial en los tribunales no se traduce en un beneficio tangible debido al incremento de la deuda. José María Salcedo añadió: “Cuando Hacienda dicta una segunda liquidación por haber cometido un error en la primera, es injusto que siga cobrando intereses de demora hasta el día en que se emite esa nueva liquidación”.

Miles de profesionales podrían beneficiarse de futuras reclamaciones para eliminar los intereses de demora.

Ahora, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite este caso para evaluar si la práctica de cobrar intereses de demora vulnera los principios constitucionales de igualdad ante la ley (artículo 14), tutela judicial efectiva (artículo 24), sistema tributario justo (artículo 31) y derecho a la propiedad privada (artículo 33). Estos principios están recogidos en la Constitución Española y podrían servir como base para que el Supremo determine si Hacienda está actuando de manera injusta al aplicar estos intereses.

Uno de los argumentos clave en contra de esta práctica es que, aunque los contribuyentes hayan ganado en los tribunales, siguen siendo penalizados por la duración del litigio, una situación que ellos no controlan. Esto podría interpretarse como una violación del derecho a la tutela judicial efectiva, ya que la decisión del tribunal no se traduce en una victoria económica real para los afectados.

El propio Tribunal Supremo subraya la importancia de este caso para la formación de jurisprudencia

El Tribunal Supremo, en su auto de admisión, ha subrayado la importancia de este caso para la formación de jurisprudencia. Este caso tiene el potencial de establecer un precedente sobre cómo deben manejarse los intereses de demora en litigios fiscales, lo que podría afectar a miles de autónomos en el futuro. Si el Supremo concluye que el cobro de estos intereses es inconstitucional, el caso podría ser elevado al Tribunal Constitucional para una revisión más profunda. Como apuntó Salcedo, “lo deseable sería que los intereses se cortaran el día en que se dictó la primera liquidación, en lugar de seguir acumulándose hasta la nueva”.

Además, el Supremo también evaluará si estos intereses deben considerarse compensatorios o remuneratorios, lo que podría modificar la forma en que se aplican. Actualmente, Hacienda considera estos intereses como moratorios o de demora, lo que significa que se aplican independientemente de la conducta del contribuyente o la Administración. Sin embargo, si el Supremo decide que estos intereses no son apropiados, podría abrir la puerta a que se modulen en función de cada caso específico.

Un fallo a favor del Fisco podría generar aún más desafección hacia el sistema tributario

Las consecuencias de este fallo podrían ser profundas tanto para Hacienda como para los contribuyentes. Si el Supremo decide que la práctica es inconstitucional, podría obligar a Hacienda a modificar la forma en que aplica los intereses de demora, lo que podría implicar la devolución de millones de euros a contribuyentes que han sido afectados por esta práctica en el pasado. Además, podría cambiar la forma en que se manejan los litigios fiscales en el futuro, ya que Hacienda se vería obligada a encontrar una nueva forma de calcular los intereses en casos donde la liquidación original ha sido modificada tras una resolución judicial.

Por otro lado, si el Supremo falla a favor de Hacienda, los contribuyentes seguirán enfrentándose a esta carga financiera, lo que podría generar aún más desafección hacia el sistema tributario. Dado que generaría una profunda incomprensión entre los autónomos y el resto de contribuyentes, que ven cómo sus esfuerzos por ganar un litigio fiscal se ven frustrados por el incremento de la deuda.