Distintas condiciones dependiendo de la duración de la IT

¿Pueden los autónomos cambiar su base de cotización y subir o bajar su cuota mientras están de baja?

Muchos autónomos se plantean si pueden cambiar su base para modificar su cuota estando de baja. La Seguridad Social explica las condiciones para hacerlo, dependiendo de cuánto dure la Incapacidad Temporal.
Young businessman having a headache and feeling exhausted while working on laptop at home.
¿Pueden los autónomos cambiar su base de cotización y subir o bajar su cuota mientras están de baja?
¿Pueden los autónomos cambiar su base de cotización y subir o bajar su cuota mientras están de baja?

Los autónomos son uno de los colectivos que menos acceden a la Incapacidad Temporal. De hecho, los trabajadores por cuenta propia se dan de baja un 22% menos que los asalariados, entre otras cosas por las reducidas prestaciones que cobran

A pesar de ello, se estima que cada mes más de 1.100 trabajadores por cuenta propia suelen coger la baja y cobrar un prestación por Incapacidad Temporal. En concreto, la tasa de bajas por contingencias comunes de los autónomos se situó el pasado abril en 39,76 personas por cada 1.000 personas de alta en el RETA. 

Una de las dudas más frecuentes entre el colectivo es qué ocurre con su base de cotización mientras están de baja y si pueden cambiarla para modificar su cuota y, quizá, mejorar sus prestaciones. 

La Seguridad Social respondió a esta duda a través de su apartado de preguntas frecuentes. En todos los casos, los autónomos pueden modificar la base mientras están de baja. Sin embargo, y dependiendo de la duración de la incapacidad, el cambio entrará en vigor en momentos distintos. 

El cambio de base de los autónomos se aplica en diferentes momentos, dependiendo de la duración de la baja 

Para los autónomos es posible cambiar de base y subir la cuota para mejorar las prestaciones, o bajarla para ahorrar, pero el cambio se aplica en distintos momentos dependiendo de si la Incapacidad Temporal dura más o menos de dos meses. 

Cambio de base para autónomos con una baja inferior a dos meses 

En aquellos casos en los que la incapacidad temporal del autónomo dura menos de dos meses, el cambio de base de cotización se hace efectivo una vez se ha comunicado, dentro de los periodos establecidos para ello. 

Es decir, si un autónomo cae enfermo, por ejemplo a causa de un resfriado el 18 de agosto de 2024. Según lo indicado por la Seguridad Social, se encontraría dentro del periodo para solicitar el cambio de base de cotización en el plazo del 1 de julio al 31 de agosto. 

En caso de que se encontrase impedido para trabajar hasta mediados de octubre, puesto que no habrían pasado dos meses estando de baja, su cambio de base de cotización tendría efectos el 1 de septiembre. 

Cambio de base para autónomos con una baja superior a dos meses 

Aunque la mayoría de incapacidades temporales suelen ser de baja duración en el caso de los autónomos -sobre todo porque sus prestaciones son reducidas y tienen que pagar a alguien que les sustituya-, puede darse el caso de que surjan complicaciones o que ya desde el inicio se prevea una larga recuperación.

En estos casos en los que la baja tiene una duración que supere los dos meses, la Tesorería establece que, aunque el cambio de cotización se solicite en el primer periodo disponible o no, la modificación real se producirá a partir del día siguiente del fin de la prestación. Es decir, a partir del alta.

Siguiendo con el ejemplo anterior, un trabajador por cuenta propia que solicite su baja por incapacidad temporal el 18 de agosto y permanezca incapacitado, por ejemplo hasta el 18 de diciembre de 2024, cualquier cambio que realice en sus bases de cotización durante el periodo en que se encuentre impedido para desarrollar su actividad no tendrá efecto hasta el día siguiente en que finalice su prestación por IT.  En este caso, hasta el 19 de diciembre.

 ¿Cómo cambiar la base para subir o bajar la cuota durante la Incapacidad Temporal?

Durante la Incapacidad Temporal del autónomo, quitando la diferencia en el momento en el que surte efectos el cambio de base, los pasos para subir o bajar la cuota siguen siendo los mismos.

Con la entrada en vigor del sistema cotización por ingresos reales, la forma en la que los trabajadores por cuenta propia pueden cambiar su base para pagar más o menos cuota se modificó.

Ahora son seis los periodos anuales en los que se puede llevar a cabo este cambio.

A través del servicio Bases de cotización y rendimientos en la sede de la Seguridad Social, los trabajadores por cuenta propia pueden  modificar su base de cotización.

Los periodos para solicitar el cambio de base son los siguientes: 

  • Entre el 1 de enero y el último día de febrero, el cambio tendrá efectos el 1 de marzo. 

  • Entre el 1 de marzo y el 30 de abril, el cambio tendrá efectos el 1 de mayo. 

  • Entre el 1 de mayo y el 30 de junio, el cambio tendrá efectos el 1 de julio. 

  • Entre el 1 de julio y el 31 de agosto, el cambio tendrá efectos el 1 de septiembre. 

  • Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, el cambio tendrá efectos el 1 de noviembre. 

  • Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, el cambio tendrá efectos el 1 de enero del año siguiente.