Se amplía hasta el día 16 de octubre el plazo para presentar la declaración y solicitar la domiciliación

Los autónomos tienen un día más este mes para presentar el IVA y el IRPF del tercer trimestre de 2024

Los autónomos cuentan este mes con un día más de lo habitual para presentar la declaración del IVA e IRPF correspondiente al tercer trimestre de 2024, tanto si domicilian los pagos como si no. Estas son las fechas importantes.
Caucasian upset and despair man doing financial and economical reports
Los autónomos tienen un día más este mes para presentar el IVA y el IRPF del tercer trimestre de 2024
Los autónomos tienen un día más este mes para presentar el IVA y el IRPF del tercer trimestre de 2024

Este mes, los autónomos contarán con más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales. La Agencia Tributaria ha ampliado en un día el plazo para presentar el IVA y el IRPF fraccionado correspondientes al tercer trimestre de 2024, ya sea en la modalidad estándar o por domiciliación bancaria. Como sucede cada octubre, los trabajadores por cuenta propia están obligados a liquidar estos impuestos correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre.

Por lo general, la declaración debe presentarse antes del 15 de octubre, si el autónomo desea que Hacienda realice el cobro directamente en su cuenta bancaria, es decir, por domiciliación. En caso contrario, el plazo se extiende hasta el 20 de octubre para presentar estos impuestos y hacer el pago mediante transferencia bancaria o con tarjeta.

Sin embargo, según anunció la Agencia Tributaria en su página web, cuando el día de vencimiento coincide con un día inhábil -sábados, domingos y festivos- se pospone la fecha de pago en el número de días necesario y, además, se aumenta el plazo para presentación normal y domiciliación. En este caso, el día 20 de octubre cae en domingo y se amplía el plazo de pago normal al lunes 21 y el plazo de domiciliación al miércoles 16.

Hasta el 16 o el 21 de octubre para liquidar el IVA e IRPF del tercer trimestre

Las declaraciones trimestrales tienen normalmente dos fechas límite, una para pagos domiciliados y otra para pagar a través de la página de la Agencia Tributaria, con tarjeta. Con carácter general, los trabajadores por cuenta propia tienen hasta el día 20 de abril, julio u octubre para presentar los modelos 303, 130 o 131 ante Hacienda y liquidar el importe correspondiente.

Pero, alternativamente, pueden presentar su declaración antes del día 15 para que el cobro del IVA o IRPF sea gestionado por Hacienda directamente con su banco, por domiciliación, evitando así tener que hacer el ingreso por transferencia o pagando con tarjeta de crédito o débito.

Este año, el calendario de la Agencia Tributaria establece que, los modelos 303, 130 o 131, con opción de domiciliación bancaria, se podrán presentar entre el 1 y el 16 de octubre. Los autónomos que prefieran otras modalidades de pago, como transferencia o tarjeta, tendrán hasta el 21 de octubre para realizar la declaración. Desde la Agencia Tributaria informaron que, debido a la coincidencia de las fechas con festivos, los contribuyentes tendrán un día adicional para presentar sus impuestos.

Domiciliar el pago del IVA o del IRPF fraccionado no es complicado y evita problemas derivados de los pagos fuera de fecha. Basta con rellenar el modelo 303 o el modelo 130 o 131 (en caso de fraccionar el IRPF) cinco días antes del vencimiento del plazo. De este modo, aparecerá de manera automática una opción de domiciliación.

La domiciliación permite evitar retrasos en los pagos de los autónomos

Domiciliar los impuestos evitará complicaciones, preocupaciones y sobre todo posibles recargos por demora, ya que el pago se realiza justo el día de vencimiento, evitando que se haga antes de tiempo o que se incurra en pagos tardíos. 

Según coincidieron los expertos, es la mejor opción para los autónomos. Permitiendo que la Agencia Tributaria gestione el cobro de los impuestos, de manera similar a como se hace con los recibos de servicios como internet, la electricidad o el gas. Aunque es imprescindible realizar esta operación dentro de los últimos cinco días antes del vencimiento, ya que es el único momento en que está disponible.

El proceso en sí es bastante simple. Al rellenar el modelo 303 para el IVA o los modelos 130 o 131 para el IRPF, hasta cinco días antes, se habilita automáticamente una casilla para domiciliar el IVA o el IRPF fraccionado, debiéndose indicar a continuación la cuenta bancaria desde la que se hará el cobro.

Así pueden los autónomos pagar los impuestos si se pasa el plazo para hacer la domiciliación

Domiciliar el pago es la opción más cómoda y segura. Pero, si no se alcanza a domiciliar el pago, llegados a este punto, la opción que queda es pagar online con tarjeta de crédito o debito. En este caso, el proceso es el siguiente:

  • Paso 1: acceso mediante cl@ve o certificado: El autónomo debe acceder a la sección "Autoliquidaciones" en el área "Pagar, aplazar y consultar deudas" de la Sede Electrónica, usando certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN. 
  • Paso 2: selección de método de pago: Tras completar el acceso se ha de seleccionar el modelo y los datos económicos, y elegir pagar con tarjeta o número de cuenta, introduciendo la información correspondiente.
  • Paso 3: Justificante de pago y NRC: Al completar el pago, se genera un NRC (código de 22 caracteres) como comprobante. 

Lo interesante de este medio de pago, es que, si se ha realizado fuera de plazo, este código NRC permitirá al autónomo demostrar que el pago está hecho para que quede actualizado y al corriente de sus obligaciones. Además, se puede imprimir el justificante con los detalles del cargo, para comprobaciones posteriores, si fuera necesario.