Cubrirán la contratación de sustitutos cuando tengan hijos o riesgo en el embarazo

Los autónomos de Andalucía pueden solicitar ayudas de hasta 7.200 euros para la conciliación familiar

Andalucía ha abierto la convocatoria para que los padres y madres autónomos soliciten ayudas para contratar sustitutos al frente del negocio cuando tienen un hijo o riesgo durante el embarazo. Se podrán solicitar hasta el 15 de septiembre.
Los autónomos de Andalucía pueden solicitar ayudas de hasta 7.200 euros para la conciliación familiar

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha abierto el plazo de solicitud para que los trabajadores por cuenta propia andaluces accedan a dos líneas de ayudas destinadas a conciliar la vida personal, familiar y laboral, dotadas con una partida de 600.000 euros, en el marco de la orden reguladora de la Consejería de Empleo en materia de conciliación. 

Estas ayudas recogen hasta nueve líneas, adaptadas a diferentes ámbitos. Entre ellas, cubren la conciliación en el trabajo a distancia, la atención a menores, el cuidado de las personas mayores o la promoción de actividades extraescolares lúdicas en los organismos locales. 

Entre ellas, las líneas 4 y 5 permitirán a las personas trabajadoras por cuenta propia contratar personas que les sustituyan al frente de su actividad, ya sea para poder estar al cargo de sus hijos menores de tres años, o para cubrir el puesto en los casos de riesgo durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento del hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar. 

Estas subvenciones ya están disponibles para su solicitud telemática en el siguiente enlace, y el plazo permanecerá abierto hasta el próximo 15 de septiembre, salvo que se agote antes el crédito establecido. Para poder realizar el trámite de solicitud, es necesario rellenar los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios web. 

Una ayuda está destinada a que los autónomos puedan cuidar de sus hijos menores de tres años

Las personas trabajadoras autónomas -tanto padres como madres- con hijos o hijas menores de 3 años a su cargo podrán recibir, con esta línea, ayudas de 6.000 euros si contratan personas en desempleo durante doce meses, o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo cumpla 3 años, para que les sustituyan al frente de su actividad. Cubre los supuestos de nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente.

Estas contrataciones se podrán realizar bajo cualquier modalidad, tanto a jornada completa como a tiempo parcial -en este caso, se adaptará proporcionalmente a la jornada la cuantía de la subvención-, pero nunca por debajo de las 20 horas semanales, y deberán suponer un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior. 

Los 6.000 euros podrán aumentar su cuantía hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Otra línea se dirige a las autónomos que tengan riesgo durante el embarazo y los períodos de descanso por nacimiento

Las autónomas que se encuentren en situación de riesgo durante el embarazo y en los periodos de descanso por nacimiento del hijo, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar, podrán solicitar ayudas de 3.200 euros para realizar contratos de sustitución -antes denominados de interinidad-, con los que cubrir su labor al frente del negocio en estos supuestos. 

En situación de riesgo por embarazo, la cuantía subvencionable será de 3.200 euros cuando la sustitución sea a jornada completa, por un periodo máximo de ocho meses. Cuando la sustitución sea para cubrir los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, se contempla un incentivo a la contratación a jornada completa de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas, y de 1.900 euros por un periodo de 18 semanas.

Estas cantidades se podrán aumentar en un 50% cuando la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo, y se adaptarán proporcionalmente a la jornada resultante cuando el contrato sea a tiempo parcial, nunca por una duración inferior a las 20 horas semanales.