La ventanilla única permite a los autónomos declarar el IVA sólo en España

Hacienda explica cómo deben declarar el IVA los autónomos y negocios que vendan por Internet

La Agencia Tributaria ha explicado cómo deben declarar el los autónomos dedicados al comercio electrónico IVA cuando las operaciones se realizan a un cliente de otro país de la Unión Europea. Pueden acceder a la ventanilla única para simplificar la retención y el posterior devengo del impuesto al Fisco de cada país.

Hacienda explica cómo deben declarar el IVA los autónomos y negocios que vendan por Internet.
Hacienda explica cómo deben declarar el IVA los autónomos y negocios que vendan por Internet.
Hacienda explica cómo deben declarar el IVA los autónomos y negocios que vendan por Internet

La Agencia Tributaria ha publicado una guía acerca de la tributación en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para los autónomos y negocios dedicados al comercio electrónico. Esta publicación incluye importantes novedades, después de la entrada en vigor de las nuevas reglas europeas aplicables al comercio electrónico y de los nuevos regímenes especiales de ventanilla única.

Así, todos los negocios dedicados al comercio electrónico, independientemente de su tamaño, cuentan con unas nuevas reglas europeas en materia de IVA. Sobre todo, si venden parte de sus productos por Internet en otros países de la UE, algo cada vez más frecuente. En este sentido, algunos estudios apuntaron que alrededor del 76% de las pymes apuestan por la exportación para seguir creciendo.

En esencia, el nuevo sistema de ventanilla única permite a los autónomos y negocios del comercio electrónico que exporten sus productos recaudar el IVA de sus ventas, y más tarde devengarlo a Hacienda, en lugar de tener que realizar el trámite en cada estado donde haya realizado una operación sujeta al impuesto.

Según explicaron desde la Agencia Tributaria, la nueva normativa y el sistema de recaudación del IVA en las operaciones de comercio electrónico intracomunitarias tiene los siguientes objetivos:

  • Asegurar que el IVA se pague donde se produce el consumo de bienes y servicios.
  • Crear un sistema de IVA uniforme y transparente para las entregas transfronterizas de bienes y servicios.
  • Establecer una competencia leal entre los operadores europeos y extranjeros del mercado del comercio electrónico, así como entre el comercio electrónico y las tiendas tradicionales.

Guía de la Agencia Tributaria sobre el IVA que tienen que declarar los negocios digitales que exporten

Ante estas particularidades, la Agencia Tributaria ha respondido en su web las preguntas más frecuentes de los autónomos que exportan sus productos a través de Internet. Son las siguientes.

¿A quiénes afectan las novedades europeas y la ventanilla única?

Según explicaron, estas novedades afectan a “todos los integrantes de la cadena de suministro del comercio electrónico se ven afectados, desde los vendedores y las plataformas, tanto dentro como fuera de la Unión Europea, hasta los operadores postales y las empresas de mensajería, las aduanas y las administraciones fiscales de los distintos Estados miembros de la Unión Europea, pasando por los consumidores.”

Así, en primer lugar, “cualquier vendedor que realice sus operaciones a través de Internet con independencia de los bienes y servicios que venda y del mercado en el que opera, puede simplificar sus obligaciones en materia de IVA.”

También se han visto afectadas las plataformas de comercio electrónico, los operadores postales y mensajeros -entre los que se encuentran un buen número de pymes y autónomos- e, incluso, los consumidores finales, quienes pueden quedar eximidos de tener que abonar los costes de IVA e importación de los productos que compran por Internet.

¿Dónde deben declarar el IVA los negocios digitales que exporten sus productos?

En segundo lugar, muchos autónomos no saben dónde deben declarar el IVA de las ventas digitales que realizan a otros países de la Unión Europea. Desde la entrada en vigor de la nueva normativa, los negocios que vendan menos de 10.000 euros anuales pueden seguir aplicando la normativa de IVA española, devengando periódicamente estas cantidades a Hacienda.

Por el contrario, “si sus ventas superan este umbral, estará obligado a pagar el IVA en el Estado miembro donde se encuentren sus compradores. Pero podrá registrarse fácilmente en la Ventanilla Única (OSS), donde podrá declarar y pagar el IVA adeudado en otros Estados miembros”, explicaron desde la AEAT. De esta forma, los autónomos pueden devengar el IVA recaudado de sus clientes extranjeros directamente a Hacienda, encargándose el Fisco de su posterior distribución.

¿Qué ventajas tiene para los negocios online exportadores?

Según explicaron desde la Agencia Tributaria, el cambio en el sistema de tributación en estas operaciones supone, para los negocios, una mayor facilidad para superar “los obstáculos a las ventas transfronterizas en línea, reduciendo las cargas administrativas y los costes de gestión del IVA.”

Asimismo, “las nuevas normas garantizan que el IVA se pague en el lugar de consumo de los bienes”, explicaron.

Los negocios online que vendan en la UE deben darse de alta en la ventanilla única para no declara el IVA en todos los países

Para acceder a la ventanilla única europea y poder acogerse a la normativa del IVA, los autónomos dedicados al comercio electrónico que vendan fuera de España deben darse de alta, en primer lugar, en el Modelo 035, de Registro Censal de los regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios, ventas a distancia de bienes y determinadas entregas interiores. Pueden hacerlo en este enlace.

Una vez registrado, podrá utilizar la ventanilla única “a partir del primer día del trimestre siguiente a aquel en el que el empresario o profesional presente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria la declaración de inicio de sus operaciones”, explicaron desde la propia AEAT.

Mediante este sistema, los autónomos pueden dejar de preocuparse por abonar el IVA de las ventas del país donde se realice la venta. Simplemente deberán declarar lo recaudado a Hacienda, a través de los modelos 303 y 369, y posteriormente el Fisco se encarga de distribuirlo como corresponda.

Sin embargo, desde la Agencia Tributaria concluyeron recordando que los autónomos registrados en la ventanilla única europea del IVA pueden ser excluidos de este régimen especial, “cuando lleven dos años sin realizar actividades acogidas al régimen o incumplan sistemáticamente sus normas.”