CEOE y los sindicatos llegaron a un pacto con el Ejecutivo sobre los coeficientes reductores

Miles de autónomos 'con penosidad' se podrían jubilar antes de los 63 tras el acuerdo de CEOE y el Gobierno

Patronal, sindicatos y Gobierno alcanzaron esta semana un acuerdo para reformar diferentes cuestiones relacionadas con la jubilación anticipada. Entre ellas, el procedimiento para reconocer a determinados autónomos el derecho a retirarse antes de los 63 años si se dedican a actividades con alta siniestralidad.

Nuevo procedimiento para que miles de autónomos con actividades penosas se jubilen antes de los 63 años.
Nuevo procedimiento para que miles de autónomos con actividades penosas se jubilen antes de los 63 años.
Miles de autónomos 'con penosidad' se podrían jubilar antes de los 63 tras el acuerdo de CEOE y el Gobierno

La mesa de diálogo social, formada por el Gobierno, la patronal y los sindicatos, alcanzó el pasado miércoles, 31 de julio, un acuerdo para reformar diferentes aspectos relacionados con la jubilación. Entre ellos, el procedimiento para reconocer a los autónomos con actividades especialmente penosas el derecho a retirarse antes de cumplir, incluso, los 63 años que actualmente marca la legislación para acceder a la jubilación anticipada.

Entre las novedades para reconocer la jubilación anticipada a determinados colectivos de autónomos con actividades penosas que se recogen en el acuerdo -pendiente de desarrollo reglamentario-, destacan los nuevos coeficientes reductores, que se establecerán atendiendo a tres indicadores: las bajas laborales en el sector; la incidencia de situaciones graves, como fallecimientos; o la duración media de las bajas por incapacidad temporal. Según valoraron desde ATA, se trataría de un avance que permitiría a miles de autónomos acogerse a la jubilación anticipada antes del plazo habitual.

Se trata de una antigua reclamación de determinados colectivos de autónomos, los cuales suelen sufrir un mayor número de accidentes y lesiones a partir de cierta edad por el trabajo que desempeñan. Es el caso, por ejemplo, de los trabajadores por cuenta propia de la Construcción o del campo, pero también de los taxistas o los transportistas. Trabajos que, si no se realizan en las condiciones físicas adecuadas, también pueden suponer un riesgo para terceras personas.

Por ello, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) valoraron el acuerdo como “positivo para el colectivo de autónomos”, especialmente para aquellos que desempeñan actividades más físicas y que, con el paso de los años, suponen un riesgo para su propia salud.

Las asociaciones de autónomos deberán acreditar la necesidad de anticipar la edad de jubilación de cada actividad

Como se recoge en el texto anunciado este miércoles por CEOE, sindicatos y el Gobierno, las tres partes han alcanzado un acuerdo para modificar el método de reconocimiento de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades con elevados índices de penosidad, toxicidad, peligrosidad o insalubridad.

Así, “se establece un nuevo procedimiento para reconocer los coeficientes reductores que permiten rebajar la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación” para estas actividades especialmente penosas. Asimismo, “el establecimiento de estos coeficientes sólo procederá cuando no sea posible la modificación de las condiciones de trabajo.”

Es el caso, por ejemplo, de determinados autónomos dedicados a la Construcción, y también a los del Transporte o los taxistas, los cuales no pueden modificar ni sus herramientas ni procedimientos de trabajo para reducir el número de bajas y accidentes que sufren pasada una edad.

En este sentido, Celia Ferrero, vicepresidenta de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) explicó a este medio que serán las propias asociaciones de autónomos y empresariales quienes deberán solicitar el reconocimiento de estas actividades. Sobre este asunto, afirmó que “es muy positivo que las asociaciones podamos presentar la solicitud para determinados colectivos.”

Asimismo, el acuerdo alcanzado por patronal y sindicatos incluye otra serie de modificaciones, como los indicadores que se tendrán en cuenta por parte de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS) para reconocer -o no- una actividad como penosa y, por tanto, permitir a los autónomos jubilarse antes de los 63 años. Son los siguientes:

  • Incidencia de las bajas laborales por contingencias comunes y profesionales, por género y grupo de edad.
  • Incidencia de sucesos graves que conllevan fallecimientos y reconocimientos de prestaciones de incapacidad permanente.
  • Duración media de las bajas de incapacidad temporal que se ven obligados a coger los autónomos dedicados a estas actividades.
  • Además, “estos indicadores se complementan con otros dos adicionales, que aíslan la incidencia de factores como la rotación o la parcialidad del colectivo objeto de estudio”, añade el texto del acuerdo.

Seguridad Social deberá hacer un estudio previo sobre la siniestralidad de cada actividad

Por otro lado, el nuevo procedimiento para reconocer la jubilación anticipada a los autónomos con actividades penosas contempla que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social deberá hacer, antes de establecer los coeficientes reductores para cada actividad, un estudio detallado de la siniestralidad y el daño producido en el trabajo, con especial referencia a la edad y al género.

Este asunto fue destacado por Celia Ferrero como el más positivo del acuerdo en materia de coeficientes reductores. “Ya no sólo va a depender de si el sector tiene una siniestralidad, porque los accidentes no pueden determinar si realmente una actividad es penosa, sino sólo peligrosa. Por ello, el factor de la edad es muy importante.”

Además, también se incluirá la esperanza de vida de los autónomos en estos estudios, lo que permitirá “realizar un mejor análisis de la situación real de muchos trabajadores, tanto por cuenta propia como ajena, lo que permitirá a los empresarios buscar salidas dignas a sus empleados.”

En base a este estudio, se establecerán los coeficientes reductores para la jubilación anticipada de los autónomos con actividades penosas. Poniendo varios ejemplos, los trabajadores por cuenta propia de la Construcción podrían jubilarse desde los 60 años, mientras que los transportistas podrían hacerlo a partir de los 58 años, dependiendo del resultado de la investigación de la DGOSS.

Sin embargo, ¿estarían obligados a jubilarse a partir de esta edad? “No, es sólo una posibilidad y es totalmente voluntario. Aunque la mayoría lo hacen, porque si la actividad es penosa, llega un momento en el que seguir trabajando tiene consecuencias en su salud.”

El nuevo procedimiento para reconocer actividades penosas podría no entrar en vigor hasta 2025

A pesar del acuerdo alcanzado por los agentes sociales en la mesa de negociación, éste se encuentra todavía pendiente de desarrollarse en la ley. Por tanto, el Gobierno deberá articular en los próximos meses el texto que será llevado al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva.

Sobre este asunto, desde ATA adelantaron que su entrada en vigor podría demorarse aún varios meses. Incluso, hasta entrado el próximo año. “Se trata de un acuerdo político, ahora tiene que haber un desarrollo normativo, por lo que quedan todavía muchos detalles por desarrollar”, concluyó Celia Ferrero.