Hasta 10.000 euros para estos profesionales que ya no pueden seguir en la carretera

Euskadi abre la convocatoria de ayudas al abandono de la actividad para los transportistas mayores de 63 años

El País Vasco abrió esta semana la convocatoria de ayudas para que los autónomos del transporte puedan abandonar su actividad si tienen más de 63 años o alguna Incapacidad Permanente reconocida. La subvención máxima asciende a 10.000 euros.
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Euskadi abre la convocatoria de ayudas al abandono de la actividad para los transportistas mayores de 63 años-
Euskadi abre la convocatoria de ayudas al abandono de la actividad para los transportistas mayores de 63 años

El Gobierno del País Vasco abrió esta semana la convocatoria de ayudas al abandono de la actividad, unas subvenciones complementarias a las que pone en marcha todos los años el Ejecutivo nacional y que pueden ascender hasta 10.000 euros. En este caso, pueden acceder a esta línea aquellos trabajadores por cuenta propia que sean transportistas y tengan más de 63 años o algún tipo de Incapacidad Permanente reconocida.

El programa de ayudas de Euskadi contará este año con un presupuesto de 450.000 euros y las solicitudes podrán ser presentadas desde esta semana y durante un mes entero. Esta línea de apoyo, que se puso en marcha en el año 2000, se centra en transportistas en los que concurra una de las siguientes situaciones: tener entre 63 y 64 años o que les haya sido declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez (si concurren ambas, únicamente recibirá la ayuda más cuantiosa económicamente).

En este caso, las ayudas al abandono oscilarán entre los 2.600 euros y los 10.000 euros, dependiendo de la edad del solicitante, de su actividad o de si le ha sido reconocida una Incapacidad Permanente.

Cuantía de las ayudas y requisitos a cumplir por los autónomos transportistas 

Según explican desde la web del Gobierno de Euskadi, para solicitar estas ayudas se exigirá a los autónomos del transporte cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • Domicilio en la comunidad autónoma del País Vasco antes del 1 de enero de 2019.
  • Edad entre 63 y 64 años, ambos inclusive y/o tener declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista, habiendo recaído resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social indicando la fecha de aprobación de la pensión.
  • Titular de forma ininterrumpida durante los últimos diez años de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de personas viajeras (autobuses) con un máximo de tres copias, o bien, simultáneamente de ambas con un máximo total de tres copias.
  • Se permite una única interrupción, en la titularidad o vigencia de la autorización, por un plazo que no supere tres meses. Se entiende vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación de la solicitud.
  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social durante los últimos diez años ininterrumpidamente. Se permite una interrupción que no supere tres meses. En los supuestos de incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, el plazo de diez años se computa desde que ésta les hubiese sido reconocida.
  • Compromiso de abandonar la actividad de transporte público de mercancías o de personas viajeras por carretera, antes del 30 de noviembre de 2024, renunciando de forma definitiva a las autorizaciones de transporte de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.

Hasta 10.000 euros de ayuda, dependiendo de la situación del autónomo y su actividad

La cuantía de las ayudas dependerá de la situación del autónomo  y su actividad:

  • Transporte público de mercancías en vehículo pesado y transporte público de personas viajeras en autobús: 4.100 euros por cada 6 meses completos hasta cumplir 65 años.
  • Transporte público de mercancías en vehículo ligero: 2.600 euros por cada 6 meses completos hasta cumplir 65 años.
  • Incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez: 10.000 euros.

En el supuesto de que el autónomo cumpla a la vez los requisitos de edad y de incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez, se otorga la ayuda que cuantitativamente sea mayor.