En su caso también están obligadas a revisar el cumplimiento de los requisitos

Estas son todas las prestaciones extraordinarias para autónomos que gestionan las mutuas

Situaciones tan graves como la pandemia o la erupción del volcán de La Palma forzaron al Gobierno a aprobar diferentes decretos para pagar a los autónomos prestaciones extraordinarias por el cierre de sus negocios o la reducción de sus ingresos. Las mutuas son las encargadas de gestionarlas y revisarlas.

Estas son todas las prestaciones extraordinarias para autónomos que gestionan las mutuas.
Estas son todas las prestaciones extraordinarias para autónomos que gestionan las mutuas.
Estas son todas las prestaciones extraordinarias para autónomos que gestionan las mutuas
  1. Todas las prestaciones extraordinarias que las mutuas han gestionado y pagado a los autónomos desde la pandemia
  2. Prestación extraordinaria para los autónomos de La Palma que tuvieron que cerrar sus negocios por la erupción volcánica

Además de las prestaciones a las que habitualmente tienen derecho los autónomos, como las de incapacidad temporal y permanente o el cese de actividad -entre otras-, los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) pudieron cobrar, ante una serie de circunstancias excepcionales, otros subsidios extraordinarios. Y, en estos casos, las mutuas también son las entidades encargadas de su gestión.

Por ejemplo, las ayudas por cese de actividad durante la pandemia, el cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia o la prestación extraordinaria para los trabajadores de temporada, o incluso la prestación extraordinaria para los autónomos afectados por la suspensión temporal de su actividad. También para aquellos autónomos, que, pese a no cumplir con los requisitos para acceder al cese de actividad, sufran una reducción de sus ingresos cuando concurran determinadas circunstancias, como la prestación concedida a raíz de la erupción del volcán de La Palma, que obligó al cierre de cientos de negocios.

Desde la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), asociación que agrupa a las 18 entidades colaboradoras con la Seguridad Social, explicaron que “para paliar los efectos económicos negativos en los que podrían verse afectados los autónomos, tomando como origen la existente prestación ordinaria de Cese de Actividad, a raíz del Covid-19, se establecieron una serie de prestaciones extraordinarias de carácter temporal que permitieran mantener la actividad del trabajador autónomo durante los periodos de incertidumbre.”

En este sentido, el Tribunal de Cuentas aclaró en un reciente informe que la articulación de estas prestaciones extraordinarias “ha provocado que su naturaleza inicial de prestación económica del Sistema de la Seguridad Social se haya transformado en una figura jurídica más acorde con los principios inspiradores de las ayudas públicas, si bien ha sido gestionada a cargo de la Seguridad Social” siendo las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social las encargadas de gestionar estas prestaciones en su nombre.

A continuación, se repasan todas las prestaciones extraordinarias a las que algunos autónomos han tenido acceso desde 2020, el año de la pandemia, y de cuya gestión y abono han sido encargadas las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

Todas las prestaciones extraordinarias que las mutuas han gestionado y pagado a los autónomos desde la pandemia

Cese de actividad por el Estado de Alarma

Esta prestación extraordinaria se dirigió a todos los autónomos, estuvieran o no protegidos por el cese de actividad ordinario, que tuvieron que cerrar sus negocios -o sufrieron una caída en sus ingresos superior al 75%- debido a la declaración del Estado de Alarma durante los meses de pandemia.

El subsidio tenía una duración inicial de un mes, con posibilidad de prórroga hasta el último día del mes en que finalizara el Estado de Alarma, algo que finalmente se produjo el 30 de junio de 2020. Y, como indicaron desde AMAT, la cuantía de la prestación ascendió al 70% de la base reguladora.

Detalle de las prestaciones extraordinarias que recibieron los autónomos en la pandemia.

Cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia

Después del Estado de Alarma decretado durante la pandemia, y con el objetivo de aliviar el regreso a la actividad de los autónomos que tuvieron que cerrar sus negocios, el Gobierno aprobó una prórroga del cese de actividad extraordinario, permitiéndoles cobrar de las mutuas el citado 70% de las bases reguladoras, así como recuperar importe de las cotizaciones por contingencias comunes que le hubiera correspondido ingresar de encontrarse el trabajador autónomo sin desarrollar actividad alguna.

Aunque en un primer momento esta prestación extraordinaria podía percibirse hasta el 30 de septiembre de 2020, finalmente se fue ampliando de forma sucesiva, endureciendo de forma progresiva los requisitos de reducción de ingresos que tenían que acreditar los autónomos, hasta el 28 de febrero de 2022.

Sobre este asunto, desde AMAT recordaron que la normativa que regulaba tanto esta prestación extraordinaria, como las restantes, obligaba a las mutuas a reconocer, con carácter provisional, las solicitudes, para que Posteriormente, éstas revisaran todas las resoluciones provisionales.

“Comprobados los datos por la mutua para el reconocimiento provisional de la prestación, se procedería a reclamar las prestaciones indebidamente percibidas por aquellos autónomos que no cumplan con los requisitos legalmente establecidos”, explicaron. Las Mutuas continúan trabajando en el proceso de revisión de estas ayudas extraordinarias.

Cese de actividad para los trabajadores de temporada

En paralelo, en junio de 2020 se articuló una prestación extraordinaria dirigida a los autónomos temporeros cuyo único trabajo a lo largo de los últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), no hubieran trabajado más de 120 días en este periodo y se encontrasen de alta en el momento de la solicitud.

Como en el resto de las prestaciones extraordinarias por cese de actividad, “señalamos que la cuantía de esta prestación extraordinaria para trabajadores autónomos de temporada sería el equivalente al 70% de la base mínima de cotización”, explicaron desde AMAT.

Cese de actividad para los autónomos por suspensión temporal de toda la actividad en la pandemia

Tras el Estado de Alarma, muchos autónomos dedicados a algunos sectores debieron continuar sin abrir sus negocios. Para estos casos, también se articuló una prestación extraordinaria de cese de actividad por una suspensión temporal toda la actividad “como medida de contención de la propagación del virus covid-19”.

Los importes que cobraron estos autónomos, y que gestionaron y pagaron sus mutuas, fueron ampliándose a medida que pasaron los meses y que, por tanto, muchos pudieron ir abriendo sus negocios, comenzando en un 50% y finalizando en el 70%. Esta prestación extraordinaria pudo solicitarse, como máximo, hasta el 30 de junio de 2022.

Prestaciones extraordinarias que gestionan las mutuas para los autónomos.

Prestación para los autónomos que no pudieron optar al cese de actividad pese a reducir sus ingresos en la pandemia

Aquellos autónomos que, sin poder acogerse a la prestación extraordinaria por cese de actividad y que, sin suspensión de su actividad profesional, vieron reducidos sus ingresos a causa de la pandemia, también pudieron solicitar una prestación extraordinaria, correspondiente al 50% de la base mínima de cotización de su actividad.

A partir del 1 de marzo de 2021, las mutuas podrían comenzar a revisar las resoluciones provisionales concedidas de estas prestaciones, y reclamar la devolución de la prestación a aquellos autónomos que no cumplían los requisitos, como haber sufrido una caída de su facturación de un 75% o más respecto a la que obtuvieron durante el cuatro trimestre de 2019.

Prestación extraordinaria para los autónomos de La Palma que tuvieron que cerrar sus negocios por la erupción volcánica

Después de la pandemia, los autónomos de la isla de La Palma vivieron una emergencia, después de que el volcán de la isla entrase en erupción. Por ello, muchos tuvieron que cerrar sus negocios, definitiva o temporalmente. Y, ante esta situación, el Gobierno también aprobó hasta tres tipos de ayuda, que también fueron gestionadas por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

En primer lugar, se permitió a estos autónomos acceder a la prestación ordinaria por cese de actividad, contemplando la erupción volcánica como una causa de fuerza mayor que provocaba el acceso al llamado “paro de los autónomos”. Asimismo, se articularon dos prestaciones extraordinarias de cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia que, o bien tuvieran que suspender toda su actividad, o bien hayan visto afectados sus negocios por la erupción volcánica.

Cese de actividad extraordinario por el volcán de La Palma

En primer lugar, se articuló el acceso a una prestación extraordinaria por cese de actividad, que asciende al 70% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad, con una duración máxima de seis meses, que no se restarán a los periodos de prestación ordinaria a los que se tuviera derecho en el futuro. Además, estos autónomos deben cumplir con otra serie de requisitos:

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Encontrarse al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social. “En caso de que no sea así, el órgano gestor invitará al pago al trabajador autónomo para que en el plazo improrrogable de treinta días naturales regularice su situación”, explicaron desde AMAT.