Los beneficiarios deberán cumplir con el resto de requisitos que se exigen a los afiliados al RETA

La Comunidad de Madrid extenderá la Cuota Cero a los nuevos autónomos que coticen en mutualidades

La Comunidad de Madrid ha anunciado que los nuevos trabajadores por cuenta propia que coticen a mutualidades, en lugar de a la Seguridad Social, también podrán acceder a la Cuota Cero que ya disfrutan los afiliados al RETA.
Podrán solicitarla en un plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la convocatoria.
La Comunidad de Madrid extenderá la Cuota Cero a los nuevos autónomos que coticen en mutualidades

El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha anunciado que ampliará la Cuota Cero para nuevos autónomos a los trabajadores por cuenta propia que elijan un sistema de previsión social diferente al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por ejemplo, los autónomos que coticen en mutualidades, como los abogados, podrán acogerse a esta medida. 

El objetivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo es que la subvención de las cotizaciones durante el primer año de actividad llegue a todos los trabajadores por cuenta propia que se inicien en el autoempleo, “independientemente del organismo donde realicen sus aportaciones”, siempre y cuando cumplan con el resto de requisitos que exige la normativa. 

Para estos trabajadores por cuenta propia que no hayan podido acogerse a la cuota cero por cotizar en mutualidades, será necesario que hayan cotizado doce meses después del 1 de enero de 2024, y dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor de la norma para poder solicitar la ayuda. 

En este caso, estos autónomos podrán recibir de cuantía máxima la cuota bonificada o reducida que hubieran obtenido de haber estado de alta y cotizando por el RETA. Es decir, 80 euros mensuales durante el primer año, un total de 960 euros. La bonificación será ampliable a otros doce meses para quienes perciban ingresos inferiores al Salario Mínimo Interanual (SMI), se acojan a la base mínima estatal, sean víctimas de violencia de género o de terrorismo, o tengan acreditada una discapacidad del 33%. 

Como explicaron desde la Comunidad de Madrid, la ayuda también se extenderá a las mujeres autónomas que deban cesar su actividad por nacimiento o adopción de hijo, y la reinicien dentro de los dos años siguientes a la fecha efectiva del cese. 

Los nuevos autónomos que cotizan en mutualidades deben cumplir con el resto de requisitos de la Cuota Cero

Los trabajadores por cuenta propia de la Comunidad de Madrid que quieran acogerse a la tarifa cero deben cumplir los siguientes requerimientos:

  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social, la Administración y la Comunidad de Madrid. 
  • Encontrarse dado de alta en el Censo de empresarios, profesionales, y retenedores de la Agencia Tributaria. 
  • Estar acogido al programa de ‘Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo autónomo”. 
  • Comunicar la solicitud, pero también, la obtención de otras subvenciones que financien las actividades para las que se pide esta ayuda. 
  • Haber elaborado un Plan de Prevención de Riesgos Laborales o, si corresponde, declarar que se está exento de su elaboración.