Las subvenciones están dirigidas a cubrir gastos del primer o segundo año de actividad

Última semana para que los autónomos de Castilla-La Mancha soliciten las ayudas al inicio de la actividad

Los autónomos de Castilla-La Mancha disponen de esta semana para solicitar las ayudas destinadas a cubrir gastos en los primeros meses de actividad.
Las ayudas disponen de dos líneas diferentes para el primer o segundo año de actividad.
Última semana para que los autónomos de Castilla-La Mancha soliciten las ayudas al inicio de la actividad

Las ayudas al inicio y consolidación del trabajo autónomo, para nuevos trabajadores por cuenta propia o recientes, cuya convocatoria abrió el pasado mayo el gobierno de Castilla-La Mancha, cierran su plazo de solicitudes el próximo 15 de julio. 

Según anunció el gobierno manchego, lanzó estas ayudas dirigidas los autónomos de la la región "para el desempeño de su actividad", con el fin de favorecer el establecimiento de la actividad por cuenta propia y la continuación en el caso de aquellas personas que ya se encuentren en este régimen laboral.

Estas subvenciones están destinadas a cubrir parte de los gastos que los trabajadores por cuenta propia deben asumir al comienzo de la actividad. Para ello, las dos líneas concretas de las que disponen son las siguientes:

  • La línea 1 está dirigida a las personas físicas que se hayan dado de alta como autónomas, para facilitar el establecimiento de su empleo por cuenta propia y que se mantengan durante los primeros doce meses de actividad. Esta línea otorga por persona beneficiaria 3.000 euros. 
  • Por otro lado, la línea 2 está dirigida a la consolidación del proyecto como autónomo, para facilitar la continuidad tras esos primeros doce meses. En este caso, la cuantía alcanza los 2.000 euros por beneficiario. 

Las acciones subvencionables serán las realizadas en el plazo comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024 -ambos incluidos-. 

¿Qué autónomos pueden beneficiarse de estas ayudas?

Cada línea tiene establecida tres perfiles de beneficiarios, que deberán cumplir los siguientes requisitos. En el caso de la línea 1, podrán presentar las solicitudes:

  • Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia la actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
  • Las personas físicas que, además de cumplir el requisito mencionado anteriormente, formen parte y se encuentren integradas en comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin personalidad jurídica. 
  • Las personas físicas que se constituyan como sociedades limitadas unipersonales, cuando desarrollen su actividad en la misma y en el territorio de Castilla-La Mancha. 

En el caso de la línea 2

  • Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos establecidos en la línea 1 y que realicen la actividad en zonas en riesgo de despoblación o con escasa población. 
  • Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos de la línea 1 y realicen la actividad en zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrícola, menos de 2.000 habitantes, y que hayan perdido población durante los cinco años anteriores a 2021.
  • Las mujeres trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos de la línea 1, y que realicen su actividad en las zonas no previstas en los dos puntos anteriores. 

Los autónomos que cumplan con el perfil descrito anteriormente pueden presentar las solicitudes, de manera telemática, a través del proceso de tramitación habilitado en la sede electrónica del gobierno de Castilla-La Mancha.