El plazo para realizar el trámite vence el próximo 30 de junio

Algunos autónomos todavía no han comunicado sus datos a Seguridad Social: sólo tienen cinco días más

A falta de cinco días para que finalice el plazo que dio el Gobierno a miles de autónomos para comunicar sus datos a la Seguridad Social, los graduados sociales reconocieron que algunos todavía no lo han hecho, a pesar de que podrían asumir sanciones de hasta 750 euros e, incluso, una regularización forzosa de las cuotas.

Algunos autónomos todavía no han comunicado sus datos a Seguridad Social: sólo tienen cinco días más.
Algunos autónomos todavía no han comunicado sus datos a Seguridad Social: sólo tienen cinco días más.
Algunos autónomos todavía no han comunicado sus datos a Seguridad Social: sólo tienen cinco días más
  1. Los autónomos podrían enfrentarse a sanciones por no comunicar sus datos a tiempo
  2. ¿Qué autónomos están obligados a la Seguridad Social y sobre qué datos deben informar?

El próximo 30 de junio vence el plazo, en apenas cinco días, vence el plazo que dio el Gobierno para que miles de autónomos, como los societarios, los familiares o los TRADE, entre otros, tengan que comunicar a la Seguridad Social diferentes datos sobre su actividad. Datos que, como vienen denunciando los graduados sociales y gestores, la Tesorería ya tiene en su poder.

Además, aunque el Gobierno aprobó una prórroga para comunicar los datos hasta el 30 de junio, esta fecha coincide con un fin de semana, cuando muchos de los profesionales que realizan estos trámites en nombre de los autónomos no trabajarán. Por tanto, los trabajadores por cuenta propia que deleguen esta responsabilidad y todavía no hayan informado a la Tesorería podrían tener apenas tres días para hacerlo.

Cabe recordar que la comunicación de datos es una obligación que se recoge en el decreto que regula el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos al que están acogidos los autónomos desde 2023, y que tiene como objetivo facilitar a la Seguridad Social el cruce de los datos que hayan declarado en la declaración de la RENTA, para proceder, a partir de otoño, a la regularización de las cuotas que pagaron el año pasado.

Sin embargo, los gestores y graduados sociales han denunciado, en los últimos meses, que se trata de datos que la Tesorería ya tiene en su poder, y que podría obtener por sí misma en la mayoría de los casos. Sin embargo, están delegando esta tarea en los profesionales, muchos de los cuales ni siquiera están repercutiendo este trámite en los autónomos para los que trabajan.

Los autónomos podrían enfrentarse a sanciones por no comunicar sus datos a tiempo

A falta de cinco días para que venza el plazo para comunicar los datos que reclama la Seguridad Social, los graduados sociales aseguraron que la mayoría de los autónomos obligados ya han realizado el trámite.

Sobre todo, a través de sus gestores y graduados, quienes en muchos casos han adjuntado a la Tesorería la información requerida en plena campaña de la RENTA, algo que les ha generado “una carga excesiva de trabajo” que no han repercutido en sus clientes, como afirmaron a este diario hace unas semanas.

Sin embargo, todavía hay autónomos que no han comunicado a la Seguridad Social los datos sobre su actividad. “Quedarán algunos rezagados. Sobre todo, autónomos persona física que no tengan el control de un despacho detrás, o que tengan alguna actividad residual. Pero, en el caso de los societarios y los familiares, seguramente la inmensa mayoría lo hayan comunicado ya”, afirmó a este diario Daniel Blas, graduado social y consultor especializado en autónomos de la asesoría Afiris.

Seguridad Social presenta el borrador que regulará la jubilación de los autónomos con actividades penosas.

En este caso, cabe recordar que podrán hacerlo hasta el 30 de junio, a pesar de ser domingo, desde el Servicio ‘Empresario Colectivo. Identificación de Empresa. Asignación de CCC inicial’”, en la siguiente ruta, identificándose mediante certificado digital:

  • www.sede.seg-social.gob.es inicio > empresas > Afiliación, inscripción y modificaciones.

De lo contrario, los autónomos que no cumplan con esta obligación antes del próximo domingo podrían enfrentarse a multas de hasta 750 euros e, incluso, a una regularización forzosa de las cuotas de 2023, tomando como referencia una base para contingencias comunes de 1.260 euros mensuales, lo que equivaldría a una cuota de casi 400 al mes.

¿Qué autónomos están obligados a la Seguridad Social y sobre qué datos deben informar?

Como se recoge en el decreto que regula el nuevo sistema de cotización por ingresos reales al que están acogidos todos los autónomos desde 2023, miles de ellos debieron comunicar, antes del 31 de octubre, algunos datos relativos a su actividad. Sin embargo, después de las protestas del colectivo, el Gobierno decidió finalmente ampliar este plazo hasta el 30 de junio, coincidiendo con la finalización de la campaña de la RENTA.

El objetivo de esta comunicación, según explicaron, es el análisis de esta información, junto a los datos de las declaraciones de IRPF que la Tesorería cruzará con Hacienda a partir del próximo mes, para dirimir si los autónomos pagaron el año pasado más o menos cuota de la que les correspondió en función de sus rendimientos netos, y proceder a la regularización. Algo que, en opinión de los graduados sociales, ocurrirá a partir de este otoño.

Así, miles de autónomos, como los societarios, los TRADE o los colaboradores, deberán aportar diferentes datos a la Tesorería antes del próximo domingo, 30 de junio:

Autónomos societarios

Razón social y CIF de todas las sociedades de las que se forme parte. Además, “si se es consejero, administrador o se prestan otros servicios para la sociedad, se debe comunicar el porcentaje de participación propio y el de los familiares convivientes. En estos casos, también hay que aportar nombre, apellidos y DNI de los convivientes”, explicó Carlos Piñero, director del área jurídica de la federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Sobre este asunto, Daniel Blas afirmó que podrían existir algunos problemas. Sobre todo, a la hora de informar sobre el porcentaje “de participación en el negocio de los socios minoritarios, algunos de los cuales no son siquiera autónomos.”

Trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE)

Los autónomos que trabajen mayoritariamente para un solo cliente deben comunicar a la Seguridad Social el CIF de éste.

Autónomos obligados a estar colegiados

Deben indicar el colegio al que pertenecen.

Sanitarios de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

En el caso de los sanitarios que “presten servicios para la empresa privada, además de trabajar a jornada completa para el servicio público, tienen que notificar el CIF del pagador”, explicó el director del área jurídica de ATA.

Trabajadores por cuenta propia con otros autónomos colaboradores a su cargo

Deben comunicar el nombre, los apellidos y el NIF de estos autónomos colaboradores.