El Gobierno aprueba la reforma que elimina el despido automático

Los negocios tienen 3 meses para reubicar dentro de la empresa a los empleados en Incapacidad Permanente

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes que los negocios no puedan despedir a los empleados a los que se reconoce la Incapacidad Permanente. Deberán reubicarles en otro puesto, o adaptar el que ya tienen, en un plazo de tres meses.
Los negocios tendrán tres meses para reubicar a estos empleados.
Los negocios tienen 3 meses para reubicar dentro de la empresa a los empleados en Incapacidad Permanente

Los negocios ya no podrán despedir de forma unilateral a los trabajadores cuando sufran una Incapacidad Permanente (IP). El Gobierno ha aprobado finalmente la reforma del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, que permitía extinguir la relación laboral cuando se reconocía la IP al empleado. Según ha transmitido el Gobierno, la norma fija el acuerdo alcanzado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). 

Con la medida, los negocios y empresas tendrán que llevar a cabo ajustes para adaptar el puesto de trabajo o trasladar al empleado a otra vacante en un plazo de tres meses, que se extiende también a los casos de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, a fin de proteger la inserción en el ámbito laboral de las personas con discapacidad y eliminar “una discriminación como la que suponía el despido automático”, siendo un cambio de carácter obligatorio para todos los empleadores.

Continuar con el puesto de trabajo será una elección del trabajador y no del negocio

Como explicó a este medio Luis San José, abogado laboralista y profesor en la UNIR, la posibilidad de extinguir el contrato deja de estar en manos del negocio y pasa a ser decisión del asalariado, quien podrá elegir entre las dos opciones: la adaptación del puesto de trabajo o el cambio a otra vacante cuando sea compatible con su nueva situación y acorde a su perfil profesional.

Una vez que se produzca la comunicación del reconocimiento de la Incapacidad Permanente, el empleado tendrá un mes para decidir si continúa en la empresa. Si el trabajador decide seguir, el negocio o empresa tendrá tres meses como máximo para llevar a cabo la adaptación del puesto de trabajo y recolocarlo en otra vacante. También dispondrán de este plazo cuando el negocio tenga que extinguir el contrato en caso de que se den los criterios que permitan tal actuación extrema.  

Además, el asalariado percibirá el subsidio de Incapacidad Temporal durante este período de preparación y ajustes para acceder de nuevo al puesto laboral, para evitar lagunas en la cobertura de la protección. 

El texto también recoge la posibilidad de formar a estos empleados en Prevención de Riesgos Laborales

Otro de los puntos clave que recoge el texto aprobado por el Gobierno son los criterios que van a determinar cuándo introducir estos cambios puede suponer un coste excesivo para el negocio. En estos casos, se valorará de manera específica si estos gastos van a poder ser cubiertos mediante ayudas o subvenciones públicas total o parcialmente.

La norma también contempla la posibilidad de que estos asalariados requieran formación en Prevención de Riesgos Laborales para adaptarse a su nueva situación laboral, y destaca el papel de los servicios de Prevención de Riesgos Laborales, así como la representación legal de las personas trabajadoras, ya que intervendrán a la hora de decidir qué adaptación requiere el puesto de trabajo o a qué nuevo puesto puede cubrir.