Corresponde a la actualización tardía de las bases mínimas de 2023

Todos los autónomos societarios y los colaboradores que pagan cuota mínima sufrirán este mes un recargo

Seguridad Social ha comenzado a enviar cartas a los autónomos societarios y colaboradores familiares que en 2023 cotizaron por la base mínima, avisándoles que este mes les cobrará de oficio la actualización de las cotizaciones de enero y marzo del año pasado.

Los autónomos societarios y colaboradores recibirán este mes un recargo en su cuota de la Seguridad Social.
Los autónomos societarios y colaboradores recibirán este mes un recargo en su cuota de la Seguridad Social.
Todos los autónomos societarios y los colaboradores que pagan cuota mínima sufrirán este mes un recargo

Este mes, miles de autónomos societarios y colaboradores familiares tendrán que pagar un recargo en su cuota a la Seguridad Social. La propia Tesorería ha comenzado a enviar cartas a estos trabajadores por cuenta propia avisándoles de este cobro, que se debe a una actualización tardía de las bases mínimas por las que cotizaron entre enero y marzo del año pasado.

Como explicaron a este diario los graduados sociales, aunque el año pasado se actualizaron hasta los 1.000 euros las bases mínimas por las que podían cotizar los autónomos societarios y los colaboradores familiares, este cambio no entró en vigor hasta el recibo de abril. Por tanto, estos trabajadores por cuenta propia siguieron pagando la cuota relativa a la base anterior, 299,71 euros frente a los 312 euros que les correspondía.

Finalmente, Seguridad Social se cobrará esta diferencia junto a la cuota de julio. En la mayoría de los casos, explicaron los graduados, se aplicará un recargo de la diferencia, 36,87 euros. Por tanto, los autónomos societarios y colaboradores que coticen por la base mínima recibirán un cargo en sus cuentas bancarias de 348,87 euros, en lugar de los 312 euros que pagan habitualmente.

Estas diferencias de cotización se producen en paralelo a la próxima regularización de cuotas, que la Seguridad Social prevé comenzar a realizar a partir de este otoño. Por tanto, afirmaron los graduados, no tendría ningún efecto en el resultado de ésta.

Seguridad Social ya está enviando cartas a los autónomos societarios y familiares que cotizaron por la base mínima el año pasado

La Tesorería General de la Seguridad Social ya está enviando cartas a los autónomos societarios y familiares que cotizaron por la base mínima en 2023 -podrían ser miles- informándoles de que este mes aplicará, de oficio, el mencionado recargo, correspondiente a las diferencias entre la cuota que pagaron en enero, febrero y marzo del año pasado y la que en realidad les correspondía, después de la actualización de las bases mínimas con efectos retroactivos desde el primer mes del año.

Este diario ha tenido acceso a una de estas cartas, que se muestra en la imagen a continuación:

Esta es la carta que Seguridad Social está enviando a los autónomos societarios y colaboradores familiares que el año pasado cotizaron por la base mínima.
Esta es la carta que Seguridad Social está enviando a los autónomos societarios y colaboradores familiares que el año pasado cotizaron por la base mínima.

Ante estas notificaciones, Daniel Blas, graduado social y consultor especializado en autónomos de la asesoría Afiris, explicó a este diario que esta reclamación “se trata de diferencias de enero a marzo de 2023, producto de no haber actualizado la propia Tesorería la cuota que correspondía por aplicar la base mínima de 1.000 que entró en vigor en enero de 2023 para autónomos societarios y familiares colaboradores.”

Es decir, “en lugar de domiciliar la cuota por 312 euros -lo que correspondía según la nueva base mínima para estos autónomos- la Tesorería pasó por el banco una cuota 299,71 euros”, la cantidad que correspondía a la anterior base mínima para los trabajadores por cuenta propia societarios y colaboradores familiares.

Prácticamente un año y medio después, Seguridad Social se cobrará de oficio esta diferencia en un solo pago, que se cobrará a estos autónomos junto a la cuota mensual correspondiente a julio. Sumando los 12,29 euros mensuales de diferencia correspondientes a enero, febrero y marzo del año pasado, estos trabajadores por cuenta propia tendrán que pagar este mes, junto a su cuota habitual, 36,87 euros más.

El recargo se cobrará en la cuenta donde los autónomos tengan domiciliada sus cuotas

Daniel Blas explicó a este diario que el hecho de que Seguridad Social esté reclamando ahora estas cantidades se debe a que “la ley permite que la Tesorería tenga este margen para poder comprobar estas diferencias sin ningún recargo. Lo que pasa es que las cobra, y no deja a los autónomos realizar una reclamación siquiera”, valoró.

Así, lo que estaría diciendo la TGSS en su carta es que “si lo puede pagar bien y, si no, se comenzaría un procedimiento de deuda, donde sí podrían imponer intereses o sanciones”, como ocurre cuando un autónomo se retrasa en el pago de sus cuotas habituales.

Respecto a los plazos para abonar esta cantidad, el graduado social explicó a este diario que no existe ninguna fecha establecida. “Directamente se cobrará en la cuenta bancaria del autónomo al final del mes”, junto a la cuota correspondiente. Es decir, el próximo miércoles, 31 de julio, los trabajadores por cuenta propia societarios o colaboradores familiares que coticen por la base mínima recibirán el cargo.

Este recargo no tiene que ver con la regularización de cuotas de 2023 que Seguridad Social realizará a partir de otoño

Debido a la cercanía de la fecha, muchos autónomos podrían pensar que el recargo que tendrán que asumir en su cuota de este mes guarda relación con la próxima regularización de cuotas, que Seguridad Social comenzará a realizar a partir de otoño, según adelantó el secretario de Estado, Borja Suárez, hace unas semanas.

Sin embargo, Daniel Blas recordó que no es así, y que el abono de estas diferencias se corresponde exclusivamente con los motivos anteriormente mencionados. Así, en caso de haber cotizado menos de los correspondiente, según sus rendimientos netos, los autónomos societarios y colaboradores familiares también tendrán que abonar estas diferencias cuando la Tesorería se lo reclame.

Al respecto, aunque todavía no existen fechas concretas para el comienzo de la regularización, los autónomos en esta situación tendrían hasta el último día del mes siguiente al que se les notifique para abonar a la Tesorería las diferencias de cotización detectadas tras cruzar los datos de Seguridad Social y los que los autónomos declararon a Hacienda en la última declaración de la RENTA.