Mantendrán el antiguo porcentaje para la próxima campaña de RENTA

La Agencia Tributaria vuelve a rebajar al 5% los gastos de difícil justificación en IRPF para los autónomos

Hacienda ha vuelto a rebajar al 5% el porcentaje de gastos de difícil justificación que pueden deducir en la RENTA. Los Presupuestos Generales del Estado establecieron en 2023 un incremento temporal de esta proporción hasta el 7%.
Mantendrán el antiguo porcentaje para la próxima campaña de RENTA.
La Agencia Tributaria vuelve a rebajar al 5% los gastos de difícil justificación en IRPF para los autónomos

La Agencia Tributaria ha vuelto a rebajar el porcentaje de gastos de difícil justificación deducibles por los autónomos en la RENTA. Estos gastos de difícil justificación que se podían minorar de sus rendimientos netos se incrementaron en 2023 hasta el 7%.

Como explicó a este medio Pablo G. Vázquez, asesor fiscal y socio de GVA abogados “los gastos de difícil justificación vuelven a bajar al 5% ya para todo 2024, según está establecido en la normativa, manteniendo el límite máximo en los 2.000 euros”. Es decir, los gastos de difícil justificación aplicados durante esta campaña han sido del 7%, pero ya se han vuelto a reducir al 5%, siendo ésta la cantidad que se aplicará en la campaña del año que viene, cuando los autónomos declararán los rendimientos netos que obtengan este 2024.

En este caso, para un trabajador por cuenta propia que tribute en el régimen de estimación directa simplificada supone pérdida de este pequeño ahorro fiscal para los próximos ejercicios, a pesar de que aún se prevén más incrementos en los costes de los negocios para los próximos meses.

Los autónomos vuelven a tener un límite del 5% en los gastos de difícil justificación que pueden deducir

La deducción de los gastos de difícil justificación suponen un beneficio fiscal para los trabajadores por cuenta, que se aplica de manera automática en la declaración de la RENTA mediante el cálculo del rendimiento neto de la actividad. Es decir, a los ingresos de los trabajadores por cuenta propia se les restan los gastos deducibles que puedan aplicar y, sobre esta cantidad, se reduce un porcentaje determinado en concepto de gastos de difícil justificación, para dar lugar al rendimiento o beneficios netos.

Son estos gastos de difícil justificación los que sufren la modificación, que vuelve a reducirse del 7% en el ejercicio de 2023 -es decir, el que se ha aplicado durante esta campaña de la RENTA- al 5%, la cantidad anteriormente establecida y que pueden minorar en su IRPF aquellos trabajadores por cuenta propia que tributan por el régimen de estimación directa simplificada. 

Como afirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, efectivamente, los gastos de difícil justificación “vuelven a ser del 5% en 2024, y se verá en la declaración de la RENTA del 2024, que se presenta el año que viene”. 

Según confirmó Vázquez, el aumento de gastos de difícil justificación que se llevó al 7% solo se incorporó de forma transitoria para el ejercicio de 2023, por lo que es posible que algunos autónomos estarían encontrando en sus programas de gestión que la deducción ya ha pasado de nuevo al 5%.

Como aclaró el asesor fiscal, el artículo 60.2 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 -ley 31/2022 de 23 de diciembre-, incorporaron una disposición a la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, donde se manifiesta el carácter limitado de la deducción del 7%. En concreto, se trata de la disposición adicional quincuagésima sexta, que regula esta modificación de los gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, donde dice lo siguiente:

  • “El porcentaje de deducción para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación a que se refiere el artículo 30 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será, durante el período impositivo 2023, del 7%”.

Según añadió Vázquez, además, en la ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2023 circunscribe el aumento del importe al 7% únicamente al ejercicio del año pasado. Es decir, “no hay una nueva legislación que apruebe el 5% para 2024. Ese 5% ya estaba, pero se modificó únicamente para el 2023 a través de esta vía de los Presupuestos Generales”. 

En ese sentido, los autónomos afectados tendrán que realizar su RENTA del año que viene con la pérdida de este beneficio fiscal y el pequeño ahorro fiscal que supone. 

Por ejemplo, para un autónomo con unos ingresos anuales de 45.150 euros, que tenga unos gastos de 30.580 euros, y, por tanto, tuviera unos rendimientos de 14.570 euros, el ahorro fiscal en la tributación que perdería el autónomo entre aplicar un porcentaje y otro sería de unos 70 euros, según apuntó el asesor.  

¿Qué autónomos se verán afectados por el cambio?

Este porcentaje de gastos sirve para “incluir” de alguna forma aquellos gastos relacionados con la actividad que los trabajadores por cuenta propia no pueden acreditar fehacientemente o acreditar de forma tan evidente. Ahora, que se recupera la deducción de nuevo al 5%, serán los autónomos en estimación directa los que perderán parte del ahorro que hacían en RENTA gracias a estos gastos. Por tanto, se trata de aquellos que:

  • En el ejercicio anterior, el importe neto de su cifra de negocios -de la suma de todas las actividades- fue inferior a los 600.000 euros. 
  • Que no determinan el rendimiento de alguna de sus actividades por los otros regímenes: por estimación objetiva o estimación directa normal. 

Los economistas ya denunciaron que el límite máximo para aplicar los gastos de difícil justificación está “obsoleto”

Además, según compartió el presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE), Agustín Fernández, durante la pasada presentación del documento sobre la Campaña de Renta y Patrimonio 2023, el límite máximo de gastos que se puede aplicar en el porcentaje de difícil justificación está “obsoleto”. 

Ya sean los gastos de difícil justificación del 5% o del 7%, el límite máximo de gastos que se ha mantenido en todo momento es de 2.000 euros, lo que ha provocado que en esta campaña de RENTA muchos autónomos no puedan beneficiarse de su incremento. 

Como detalló en la sesión, este porcentaje se aplica porque existe dificultad para que los autónomos puedan probar determinados gastos en su declaración de la RENTA, pero, sin embargo, los valores no se han establecido teniendo en cuenta la evolución y el paso del tiempo. 

En particular, según explicó, el límite de 2.000 euros no ha sido actualizado desde el año 2007, mientras que la inflación acumulada desde ese año habría sido del 40%. Según argumentó, solo teniendo en cuenta la evolución del IPC, este límite ya debería haber sido modificado.